Recogeis la proteccion de datos de clientes?

Hola a todos,

Mañana voy a hacer unas fotos de carnet a unos niños y quizás alguna a adultos. Una amiga me ha comentado que me tienen que firmar la protección de datos porque se las enviaré por mail. Es necesario? Vosotros como lo gestionais?

Saludos

Es conveniente e incluso, probablemente, necesario. Por si acaso.
No suelo hacer fotos a personas, pero cuando lo hago les grabo un video autorizándome a ello.

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Y si son fotos de carnet… cuando las entregues las borras y fuera de lios.

¿Hasta cuando guardar las autorizaciones?

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Si son clientes y tú eres profesional, sin duda has de hacerlo, puesto que te puedes enfrentar a fuertes multas de no hacerlo, incluso aunque no haya denuncia por parte del cliente.

En este país es más grave eso (siempre y cuando no seas una multinacional con un equipo de abogados detrás para sortear la ley) que estafar al ciudadano.

Si no eres profesional, pues en caso de sacar fotos de desconocidos, en realidad deberíamos (o bien tener algún tipo de documento gráfico donde quede de maniesto que el fotografiado está posando y ha accedido a que le saques la foto) ya que en caso de denunciarte será la única forma en que puedas defenderte de tener que pagarle una indemnización.

En caso de ser amigos y conocidos, pues ahí ya depende de la confianza que tengas en que no te vayan a denunciar.

Yo desde luego no pido nada, pero es que tampoco voy por ahí sacando fotos a desconocidos (al menos a menudo). Siempre es un riesgo exponer gente desconocida en internet.

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Pues hasta siempre, al menos siempre que dicha foto pueda estar expuesta en algún sitio y te puedan reclamar por ello.

Por cierto que la ley de protección de datos y lo relativo al derecho al honor y propia imagen son dos cosas que nada tienen que ver y que requieren de autorizaciones separadas.

Aunque aquí se pregunta por la ley de protección de datos, parece que se refiere más al derecho a la imagen.

La ley de protección de datos es exclusivamente para poner tener informatizado los datos del usuario, para el envío de las fotos o comunicaciones comerciales (la finalidad habrá de declararse en el documento).
Mientras conserves los datos, tendrás que conservar la autorización.

La cosa no es tan simple porque el archivo de datos ha de estar registrado con un responsable de archivo y una dirección a la que dirigirse para la rectificación de los datos.

Como ello tiene su complejidad, las empresas pequeñas suelen asesorarse con alguno de los gabinetes legales dedicados a esos temas que les implemente el cumplimiento.

Si las fotos las sacas y se las entregas en manos sin recabar datos personales no hay necesidad de ello.

El derecho a la propia imagen es para poder hacerle la foto y/o exponerla (dependerá de lo que haya firmado, en la cesión de imagen).

SI son fotos carnet y no se van a exponer no habrá cesión de imagen, pero como la ley no sólo penaliza la exposición de la imagen sino que prohibe el simple hecho de tomar la foto pues mejor tener también la autorización de hacerle la foto con los fines estipulados.

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Gracias por las respuestas. Veo que es bastante enrevesado, pero en este caso son fotos de carnet, pero al no tener impresora las enviare por mail. Una vez enviadas, no necesito el mail para nada mas…

Si es gente conocida y lo haces de forma esporádica, pues igual te puedes arriesgar, se lo mandas borras el email y está.

O mejor aún: apunta el email en un papel y mádaselo y luego borras todo, una vez lo han recibido.
La ley de protección de datos hace referencia a registros electrónicos exclusivamente.

Pero si te publicitas como que das ese servicio y eres empresa, ya deberías saber que tienes que tener un registro de cara a la protección de datos.

Las multas al respecto pueden ser muy fuertes y más cuando no tienes absolutamente nada al respecto.

No es tan complicado como parece, pero como en toda ley hay muchos recovecos, distingue muchos tipos de datos y usos, con lo cuál para tenerlo todo en regla no es tan fácil de interpretar (para ese tipo de uso seguramente estarías en el caso más sencillo).

Los asesores de las empresas que llevan también los temas de iva y demás suelen gestionar eso (con un coste claro).

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Aun no soy empresa, y de momento el 90% de las fotos de carnet seran a conocidos, pero me informare bien por si empiezo a hacer sesiones en las que me contraten…
Estoy empezando y es una locura todo lo que se tiene que mirar…
De nuevo gracias por estar ahi! Sois unos cracks!!

No es fácil ser autónomo ni empresario, hay muchas cosas a cumplir y requiere un desembolso inicial en asesoramiento y demás.

Yo te hablo de oídas por lo que he leido y lo que me ha contado una cuñada que sí tiene empresa y tuvo que hacer lo que te comento respecto a la LPD.

En tu caso hay poca probabilidad de que te metas en un lío por eso, ya que no figuras siquiera como dada de alta en la actividad (también por ahí te pueden caer collejas).
Las cosas hoy día no están nada fáciles para empezar a desarrollar una actividad profesional, la gente suele empezar un poco en precario.

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La idea es acabar haciendolo bien (dada de altax con mi web legal, etc…), pero para llegar ahi y empezar a desembolsar tengo que practicar y aprender un poco mas. He encontrado este documento detallado al dedillo por si hay mas fotografos con mis dudas!

Te deseo toda la suerte del mundo.
Bueno, para fotos carnet no hay mucha historia, hoy día de las hacen en cualquier sitio con una maquinita bastante sencilla, iluminación uniforme y fondo claro bien iluminado, no hay mucho más.

No creo que sea un gran negocio dada la competencia y poca atención que la gente le presta a las fotos que lleva para el carnet.

Para el caso que planteas veo difícil que realmente puedas tener problemas, pero siempre cabe la posibilidad si das con alguien con ganas de tocar las narices.

Imagino que también pretenderás hacer fotos de estudio y tal vez otro tipo como bodas y comuniones, no es camino fácil el del fotógrafo que vive de esto hoy día.

Suerte y ánimo con ello.

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